Auditorias SGSST

Auditoría y revisión del SG-SST por parte de la Alta Dirección en el Decreto 1072

El Decreto 1072 de 2015 establece que el empleador —Alta Dirección— debe planificar, programar y efectuar auditorías de cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

Pero la norma es aún más precisa al indicarnos la periodicidad y las personas que intervienen en la auditoría de cumplimiento:

La auditoría de cumplimiento debe realizarse como mínimo una vez al año.

En el proceso de planificación, programación y ejecución de la auditoría de cumplimiento al SG-SST intervendrán miembros del Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Si la tarea es desarrollada por auditores internos de la organización, estos deben ocupar cargos ajenos a la actividad o área que auditarán.

Los auditores, internos o externos, deben contar con la formación y las competencias que los califiquen como idóneos para realizar este trabajo, partiendo del principio universal de que un auditor no puede auditar su propia labor.